Según la Teoría General del Proceso Demanda, Pretensión y Acción procesal son distintas figuras que lo componen aunque las tres se encuentran estrechamente relacionadas, veamos de que manera:
Por ejemplo: Realizamos un escrito que se presenta ante un juez civil solicitando el pago de una deuda, con base en un contrato.
Pretensión: es la exigencia de una de las partes, siendo de manera regular o normal la parte actora o demandante, dirigida a la contra parte siendo esta conocida como demandado, en donde se solicita una determinada conducta o una decisión de un juez.
Por Ejemplo: la parte actora realiza un préstamo económico de "x" cantidad y en este juicio estamos exigiendo a la parte demandada que cumpla con dicho pago, cabe señalar que la naturaleza de este Derecho subjetivo es sustantivo, mismo que se convierten en procesal al judicializarlo.
Por ejemplo: Una persona tiene derecho de presentar su caso, cualquiera que fuere, aunque el juez determine que la razón no esta de su lado, sentenciando de manera contraria a la esperada.




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